En la presente Unidad se va a estudiar los diferentes tipos de normas que existen en nuestro ordenamiento jurídico. Para ello se va a seguir la principal división territorial que existe en España (estatal-central y autonómica). La principal diferencia es que las normas dictadas por los órganos estatales se aplican a todo el territorio estatal mientras que las normas dictadas por los órganos autonómicos se aplican únicamente en el ámbito territorial concreto de cada Comunidad Autónoma.
Así, tanto el Estado como las Comunidades Autónomas pueden dictar, y dictan, hasta tres tipos de normas jurídicas: leyes, normas con fuerza de ley, y reglamentos.