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3. La igualdad en sectores tradicionalmente discriminados.

La labor del poder legislativo en lo referente al derecho a la igualdad se ha centrado, fundamentalmente, en la protección de la igualdad en grupos que han sido de forma tradicional discriminados.

Nuestra sociedad ha discriminado a lo largo de la historia por motivos de raza y origen, discapacidad o género, aunque no son las únicas motivaciones por las que las personas han sido discriminadas nos centraremos únicamente en estas tres por considerarlas las más visibles.

5.3.1. Discriminación por racismo o xenofobia.

Quizás sea este motivo de discriminación el más conocido de todos a nivel histórico, debido a la lucha de diferentes activistas (como es el caso de Martin Luther King) en pro de igualdad racial. También puede que por el mismo motivo se considere que esta igualdad ya se ha alcanzado y no existen casos de racismo o xenofobia en nuestros días, nada más lejos de la realidad puesto que ciertas organizaciones, como SOS Racismo, constataron la existencia de más de trescientas denuncias por estos tipos de discriminación solo en el año 2016.

Además, los datos demuestran que tras los diversos atentados sufridos en Europa por parte del ISIS la discriminación debido al racismo y la xenofobia ha aumentado. Hasta tal punto es esto que ciertos sectores sociales abogan por la aprobación legislativa de una ley integral que proteja a quienes a diario sufren estas discriminaciones en ámbitos como el laboral o el acceso a los servicios privados.

5.3.2. Discriminación hacia las personas con discapacidad.

 Durante largo tiempo la sociedad consideraba que las personas con discapacidad tenían una menor valía para el desempeño de ciertas labores y trabajos, así incluso durante cierto periodo estas personas fueron denominadas ‘minusválidos’, lo que etimológicamente significa ‘menos válido’.

Esta discriminación supuso la aprobación de diversas medidas legislativas que culminaron en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

A pesar de ello, sigue existiendo un estigma social contra dichas personas por considerar que no pueden realizar aquellas tareas que son propias de cualquier otra persona, llegando incluso en algunos casos a considerar que no deberían tener los mismos derechos que el resto de las personas. Obvia decir que esto es una clara conculcación del derecho a la igualdad consagrado, como hemos visto con anterioridad, en los artículos 14 y 9.2 de la Carta Magna.

5.3.3. Discriminación por motivos de género.

 En los últimos tiempos este motivo de discriminación ha sido el más mediático, máxime desde las movilizaciones del 8 de marzo de 2018 a favor de la igualdad de mujeres y hombres. Aun así, la igualdad efectiva de mujeres y hombres no es un asunto que ha comenzado hace poco, sino que posee una enorme trayectoria y se sustenta en el trabajo de mujeres feministas como Simone de Beauvoir, Judith Butler, Virginia Wolf o Emmeline Pankhurst.

A pesar de la larga historia de la lucha por la igualdad de género, siguen existiendo motivos de gran preocupación como son la brecha salarial, el techo de cristal o la violencia de género, siendo esta la más importante consecuencia de la desigualdad de mujeres y hombre.

En este sentido el poder legislativo ha normativizado, fundamentalmente, a través de dos leyes orgánicas: Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género y Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

A pesar de todos los esfuerzos legislativos y sociales, sigue existiendo un importante sector de la población que trabaja incansablemente por el mantenimiento de la discriminación contra las mujeres, ya sea invisibilizando la necesidad de cambio social en este sentido o realizando acciones que directamente sitúen a las mujeres por debajo de los hombres.

Relacionado también con la discriminación por género se encuentra la discriminación por motivo de orientación e identidad sexual o de género, esto es, la discriminación contra el colectivo de lesbianas, gays, bisexuales y trans. Estas personas sufren situaciones de discriminación de forma habitual y el poder legislativo no ha logrado, hasta el momento, responder de forma contundente en lo que se refiere a la protección de su derecho a la igualdad.