Los Tratados de la UE consagran cuatro libertades fundamentales: libre circulación de mercancías, personas, servicios y capitales no pudiendo los Estados impedir su circulación, salvo que existan razones de protección de los intereses generales de su población, medidas siempre sujetas al control del Tribunal de justicia de la Unión Europea.Por la importancia que reviste la libertad de empresa en el proceso de integración, la carta de los Derechos Fundamentales de la UE, ha reconocido que:
- Artículo 16
Se reconoce la libertad de empresa de conformidad con el derecho comunitario y con las legislaciones y prácticas nacionales (artículo 16).
Ahora bien, la libertad de empresa debe respetar “el modelo social europeo” que deberá subordinar el mercado y su lógica a los derechos sociales de los europeos.