El Tribunal Constitucional es un órgano creado por la propia Constitución, cuya función consiste en ser el máximo intérprete de nuestro texto constitucional. Es independiente de los demás órganos constitucionales y no forma parte del poder judicial, aunque tiene poder jurisdiccional. Es único en su orden y su jurisdicción se extiende a todo el territorio nacional. Está sometido sólo a la Constitución y a la Ley Orgánica que lo regula.
Nuestra Constitución sigue el modelo europeo que se instaura a partir de 1919 en Austria, según la teoría elaborada por Kelsen y que se califica como modelo “concentrado”.