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4. Revalorización social del papel de los deberes fundamentales en la Constitución Española

Para revalorizar socialmente el papel de los Deberes Fundamentales de la CE hay que tener en cuenta que, aunque ellos estén dirigidos finalmente a los individuos, es necesario que sean desarrollados mediante una Ley, pues no se puede exigir su cumplimiento directamente de los ciudadanos sin una regulación legal que establezca un esquema de organización, burocracia, procedimientos, sanciones etc… Los deberes no son de “aplicación directa” como sí lo son los derechos fundamentales. Así por ejemplo el Art.30 de la CE consagra el “derecho y el deber de defender a España”, y seguidamente dispone que "La ley fijará las obligaciones militares de los españoles y regulará, con las debidas garantías, la objeción de conciencia”, y termina previendo que “mediante ley se podrán regular deberes de los ciudadanos en caso de catástrofe o calamidad pública”7. Es por esa razón que buena parte de la doctrina, considera que los Deberes Fundamentales no son más que habilitaciones dirigidas al Legislador, para que regule ciertos temas que afectan significativamente a los ciudadanos como son la defensa del país o los impuestos. El hecho de incluir expresamente estos deberes en la Constitución le da al Poder Legislativo un amplio margen para regular la libertad personal y la propiedad de los particulares en estos temas, y cubre a sus normas reguladoras de una fuerte presunción de constitucionalidad8. La intervención de la Ley en los derechos de las personas queda constitucionalmente legitimada ante la existencia de un deber expreso en la Carta.

Es importante que nuestros alumnos entiendan que hay varias maneras de ver este fenómeno, pues a la par que los Deberes Fundamentales son una habilitación al Legislativo para que regule unos específicos temas, también son un límite para éste mismo y para las demás autoridades del Estado, pues ninguno de ellos puede obligar al cumplimiento de deberes de manera arbitraria9. En ese sentido, los deberes constitucionales son una “garantía para los ciudadanos”, son límites al Estado que nacen de la propia Constitución, y que ponen barreras a la creación y configuración de deberes por parte de las autoridades públicas, y esto es de por sí una garantía para los derechos de las personas. Debería resaltarse que se trata de una plaza de aparcamiento reservada para personas de movilidad reducida, como las que se puede encontrar en cualquier ciudad española.