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1. Comentario de un texto histórico

  • Leer diversos artículos de distintas constituciones para efectuar la descripción y el análisis de su contenido. Comentar sobre su significado histórico y valorar de manera crítica su importancia, vigencia e influencia sobre el resto.

  • A modo de ejemplo:

Constitución de 1869

Art. 17. Tampoco podrá ser privado ningún español: del derecho de emitir libremente sus ideas y opiniones, ya de palabra, ya por escrito, valiéndose de la imprenta o de otro procedimiento semejante. Del derecho de reunirse pacíficamente. Del derecho de asociarse para todos los fines de la vida humana que no sean contrarios a la moral pública; y por último, del derecho de dirigir peticiones individuales o colectivamente a las Cortes, al rey, a las autoridades…

Art. 32. La soberanía reside esencialmente en la nación, de la cual emanan todos los poderes.

Art. 33. La forma de gobierno de la nación española es la monarquía.

Art. 34. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes. El rey sanciona y promulga las leyes.

Art. 35. El poder ejecutivo reside en el rey, que lo ejerce por medio de sus ministros.

 

Constitución de 1876

Art.11. La religión católica, apostólica, romana, es la del Estado. La nación se obliga a mantener el culto y sus ministros

Art. 13. Todo español tiene derecho: de emitir libremente sus ideas y opiniones, ya de palabra, ya por escrito, valiéndose de la imprenta o de otro procedimiento semejante, sin sujeción a la censura previa. De reunirse pacíficamente. De asociarse para los fines de la vida humana. De dirigir peticiones individual o colectivamente al rey, a las Cortes y a las autoridades. El derecho de petición no podrá ejercerse por ninguna clase de fuerza armada.

Art. 18. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el rey.

Art. 19. Las Cortes se componen de dos cuerpos colegisladores, iguales en facultades, el Senado y el Congreso de los Diputados.

 

Constitución de 1931

Art.1. España es una República democrática de trabajadores de toda clase, que se organiza en régimen de libertad y de justicia.

Los poderes de todos sus órganos emanan del pueblo.

La República constituye un Estado integral, compatible con la autonomía de los municipios y las regiones.

Art. 2 Todos los españoles son iguales ante la ley.

Art.3. El Estado español no tiene religión oficial.

Art. 25. No podrán ser fundamento de privilegio juríico la naturaleza, la filiación, el sexo, la clase social, la riqueza, las ideas políticas ni las creencias religiosas.

Art. 26. Todas las confesiones religiosas serán consideradas como asociaciones…