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1. El Estado español como un Estado social y democrático de Derecho

  • Los denominados “principios rectores de la política social y económica” son una pieza clave del modelo de Estado social previsto en la Constitución de 1978 (CE), en cuyo 1.1 se establece que España se constituye como un Estado social y democrático de Derecho. Este axioma permite entender cuál es la relación entre el Estado y la sociedad.
  • Aunque a nosotros se nos presente como una fórmula unitaria, el actual modelo de Estado es, en realidad, fruto de una evolución que se inicia con la aparición del Estado de Derecho en las postrimerías del siglo XVIII con las Revoluciones liberales, como reacción al Absolutismo y con el objetivo de limitar el poder monárquico sirviéndose de normas jurídicas sobre la base del imperio de la ley.
  • Por su parte, el Estado social surge a finales del siglo XIX como un intento de superar los problemas de desigualdad generada por la Revolución industrial y el capitalismo. Para remediarlos se recurre a la intervención de los poderes públicos en la sociedad y en la economía, con el fin de garantizar la igualdad real y los derechos sociales. Finalmente, a lo largo del siglo XX se produce la democratización del Estado, gracias al reconocimiento en las Constituciones de la soberanía popular, el principio del pluralismo político y la universalización de los derechos de participación. Si bien en este apartado nos centraremos en el aspecto social del Estado, es importante insistir en que hoy en día los tres elementos que se recogen en el 1.1 de la CE (el elemento normativo, el social y el democrático) solo pueden interpretarse y aplicarse de forma interrelacionada.